
En el libro IX Platón expone las leyes que constituyen el código penal de la ciudad. Es muy llamativa la discriminación legal que sufren esclavos y mujeres, cuyas vidas valen poco menos que nada. También sorprende la creencia en el peligro que suponen los fantasmas de los asesinados injustamente. Menos curiosa y muy farragosa es la argumentación dedicada a justificar el dogma ético socrático: «nadie es injusto voluntariamente«. En cualquier caso, creo que el párrafo esencial de este libro IX es aquel en el que Platón, casi sin venir a cuento, reconoce que el rey-filósofo propuesto en República no es una figura humana sino divina. A falta de políticos semejantes, habrá que conformarse con el orden que imponen las leyes. En mi opinión, este texto refleja a la perfección el pesimismo y la amargura que debieron afectarle tras sus repetidos fracasos al intentar poner en práctica sus ideas políticas en Siracusa. El mismo gesto de derrota y tristeza que en el boceto de arriba Jacques Louis David atribuye a Platón a raíz de la muerte de Sócrates. Por otro lado, también puede leerse el texto como una advertencia contra las mitologías mesiánicas de corte fascista: es siempre conveniente proteger al Estado de Derecho de iluminados salvadores de la patria.
Acerca de todo esto hay que decir antes que los hombres deben promulgarse leyes y vivir de acuerdo con ellas o no se diferenciarán en nada de las fieras más salvajes. La causa de ello es que no nace ninguna naturaleza humana capaz de conocer lo conveniente para hombres en lo que atañe al orden político y, conociéndolo, no sólo poder sino también querer hacer lo óptimo. En primer lugar, es difícil reconocer que el verdadero arte político se ocupa necesariamente no de lo particular sino de lo común —pues lo común une, mientras que lo particular desmembra las ciudades— y que conviene tanto a lo público como a lo privado, a ambos, si se coloca eventualmente a lo público por encima de lo privado. En segundo lugar, aunque uno comprendiera suficientemente en su arte el conocer que esto es así por naturaleza, si después llega a asumir el gobierno ilimitado y absoluto de una ciudad, nunca podría permanecer fiel a esta doctrina y vivir alimentando lo común en la ciudad como elemento guía y lo particular siguiendo a lo común, sino que la naturaleza mortal lo empujará siempre al exceso y a la actuación en interés personal, puesto que busca de manera irracional evitar el dolor y perseguir el placer, y colocará siempre a estos dos por delante de lo más justo y mejor y, al producir en sí misma la oscuridad, se llenará a sí misma y a toda la ciudad de todos los males hasta el final. Pero tened por seguro que, si alguna vez un hombre engendrado con esa capacidad natural por un destino divino pudiera asumir el poder, no necesitaría en absoluto de leyes que lo gobernaran. En efecto, ni la ley ni ningún orden es mejor que la ciencia, ni es justo que la inteligencia obedezca a nada ni sea esclava de nada, sino que debe gobernar todas las cosas, si realmente es verdaderamente libre por naturaleza. Pero ahora no existe en absoluto en ningún lado, sino en pequeña medida. Por eso, sin duda, hay que elegir lo segundo, orden y ley, que miran y observan por un lado a lo general, pero son impotentes en el caso particular. (875a-d)
Comienza el Ateniense explicando que resulta vergonzoso establecer un código penal en una ciudad donde todos han recibido una educación tan esmerada y, por tanto, se les supone incapaces de cometer delitos. Sin embargo, Platón es consciente de que no legisla para héroes, «hijos de dioses», sino para hombres. El primero de los delitos a analizar es el robo de templos. Es prácticamente imposible pensar en que un ciudadano libre pudiese cometer una acción tan miserable así que las penas instauradas están más bien pensadas para esclavos, extranjeros y sus criados. A quien fuese atrapado robando templos se le marcará en su rostro y en las manos el tatuaje correspondiente, además de ser expulsado desnudo fuera de los límites de la ciudad.
Platón considera que, cumpliendo su pena, el alma del reo se volverá mejor, y que este es el objetivo del castigo. Sin embargo, habrá casos en los que hombres malvados irrecuperables cometan graves crímenes contra los dioses, sus padres o la ciudad. Para estos no cabe otra pena que la muerte, «el menor de los males». Por un lado, servirá para mantenerle apartado de males peores y, por otro, se convertirá en ejemplo para el resto. Otros castigos posibles son las multas, que nunca podrán exceder del capital de que disponga el ciudadano, la cárcel, solución perfecta para el que no tenga dinero para pagar la multa, y la humillación pública, obligándolo a permanecer sentado o de pie en lugares públicos, castigo ideal para adúlteros y morosos.
Para resolver los delitos importantes se celebrarán juicios. Los encargados de juzgar serán los guardianes de la ley y «el tribunal seleccionado por mérito de los magistrados del año anterior». El voto será público y todos los ciudadanos deben asistir y estar atentos a las alegaciones del acusador y la defensa. Tras sus discursos el juez más anciano comenzará el interrogatorio. A continuación intervendrán el resto de los jueces para aclarar lo que consideren pertinente. Tras tres días de alegatos y presentación de pruebas cada juez emitirá su voto.
El robo de templos es un crimen contra los dioses. Por debajo de él está el crimen contra la ciudad, esto es, el derrocamiento del sistema político o golpe de estado. Los jueces podrán imponer la pena de muerte por mayoría simple. Si la familia del acusado es también culpable serán expulsados a su antiguo país. Sus propiedades se sortearán entre los ciudadanos. La misma pena se aplicará a los traidores a la patria.
Para el ladrón, ya robe poco o mucho, habrá una única ley: debe pagar el doble de lo robado y, si no pudiese, que permanezca en prisión hasta que pague y obtenga el perdón del acusador.
Clístenes se indigna y protesta porque las penas para los ladrones son las mismas independientemente del tipo de robo. Para responderle, el Ateniense comienza una disgresión sobre cuáles son los primeros principios de las leyes penales. Si fuese médico, dice, no sería este el momento del remedio curativo sino de teorizar sobre la naturaleza de los cuerpos y el origen de la enfermedad. Es el momento de remontar hasta las primeras causas. Este ejemplo de la Medicina es el mismo que utiliza casi palabra por palabra Aristóteles en Metafísica.
Pues hay que saber bien que, si algún médico de los que practican la medicina empíricamente sin conocimiento teórico alguna vez se topara con un médico que dialoga con un hombre libre enfermo, que hace discursos que están cerca de la filosofía y que trata la enfermedad a partir de su origen, disertando sobre toda la naturaleza de los cuerpos, al punto se desternillaría de risa y no diría otras palabras que las que siempre tienen a mano en tal tema la mayoría de los llamados médicos. En efecto, diría: «Pero tonto, no curas al enfermo sino que prácticamente lo educas como si necesitara hacerse médico y no sanarse». (857 d)
Aunque el objetivo del diálogo es legislar, es decir, exponer las leyes óptimas para la ciudad, no está de más teorizar o filosofar ya que no urge la necesidad y estamos todavía en una conversación entre amigos. De 860a a 864d nos encontramos con los párrafos más difíciles del libro IX cuyas tesis principales intentaré resumir:
- El punto de partida: todo lo que es justo es, al mismo tiempo, bello. Una acción justa es también bella pero ¿sería también bello un sufrimiento justo? El sufrimiento parece, por naturaleza, feo. Las disposiciones legales que establecen los castigos parecen justas pero también implican los más feos de los padecimientos. ¿Hay contradicción entre la justicia y la belleza? Para la gente común definitivamente sí pero para el filósofo es posible conciliar ambos términos. Injusticia es «el imperio en el alma del arrebato, del miedo, del placer, del dolor, de las envidias y de las concupiscencias, tanto si causa daño como si no» (863e) Justicia, en cambio, es todo lo que se hace «conforme al criterio de lo mejor» tanto aplicado al alma del hombre como a la ciudad en su conjunto, «aun en el caso de que se produzca algún daño». (864a) La justicia, por tanto, es afín a la belleza, aunque produzca sufrimiento o daño pues está hecha conforme al criterio de lo mejor. En cambio, un alma corrupta puede no producir daño pero es, en cualquier caso, fea.
- Platón continúa defendiendo la paradójica sentencia socrática del intelectualismo moral: «los malos siempre son malos sin proponérselo», «que el injusto es malo, pero el malo es tal involuntariamente», «que todos cometen injusticia sin querer». (860 d) Aunque para la mayoría resulte absurda, el Ateniense entiende que, hechas las distinciones correctas, es una tesis bien fundamentada. Existen tres orígenes posibles de la culpa así como existen tres partes del alma: el placer, la ira y la ignorancia. Dentro de esta, cabe distinguir la ignorancia simple que causa errores leves, la ignorancia que va acompañada de convicción de sabiduría, que causa errores graves, y esta misma, pero cuando va acompañada de fuerza y poder, causante de los peores males. Las injusticias cometidas por arrebatos de ira o búsqueda del placer son involuntarias pues, según Platón, está claro que nadie desea conscientemente tener su alma corrompida y sometida a las pasiones. Cuando la injusticia tiene su origen en la ignorancia o ausencia de inteligencia es evidentemente involuntaria pues «nunca escuchamos que uno se sobreponga a la ignorancia, el otro sucumba a ella». (863d) Estos cinco tipos o especies de injusticias podrán clasificarse en dos géneros: uno, cuando el delito se comete por medio de acciones violentas y abiertas, y, dos, cuando se hace con oscuridad y engaño. Cuando la injusticia se hizo de las dos maneras se impondrán las leyes más severas.
Habían sido expuestas más arriba las leyes contra los ladrones de templos, los que atentan contra el gobierno y los ladrones en general. Cuando se cometen estos delitos porque se «ha perdido la razón, o bien porque, afectado por enfermedades o por su edad muy avanzada o víctima de infantilismo, no se diferencia nada de los que han perdido el juicio» (864d) sólo se deberá pagar el valor del perjuicio realizado y quedar libre de otras penas excepto en el caso de que hubiesen matado a algún otro. En ese caso debe partir al exilio durante un año.
¿Cuáles habrán de ser las penas por homicidio? Si es un homicidio involuntario cometido durante los entrenamientos militares o las competiciones atléticas, quedará libre de culpa. Si es un homicidio involuntario cometido por un arranque de ira deberá partir al exilio durante dos años para calmar ese temperamento. En el caso de que la víctima sea la esposa o el hijo, el exilio será de tres años. Pero si la víctima es alguno de los padres se merece no una sino muchas muertes.
En el caso de un homicidio voluntario de esclavos ocurrirá lo siguiente: si la víctima fuese un esclavo propio quedaría libre y si fuese un esclavo ajeno estaría obligado a devolver a su dueño el valor de la propiedad perdida. En el caso del homicidio voluntario de un hombre libre se irá al exilio tres años. Antes de poder volver a la ciudad un grupo de magistrados evaluará el arrepentimiento y mejora del agresor. Si reincide será enviado al exilio para no retornar jamás. Si un esclavo mata a un hombre libre en legítima defensa merecerá tantas muertes como el parricida.
Entre hombres libres los homicidios injustos y con premeditación deberán ser resueltos en un juicio. Si el agresor es declarado culpable se le castigará con la muerte y no le enterrarán en la región de la víctima. Si la víctima es alguno de sus progenitores, los magistrados deben ejecutarlo y expulsarlo fuera de la ciudad para que, a continuación, todas las magistraturas le tiren una piedra a la cabeza.
A los suicidas sin motivos se les enterrará en un lugar bien apartado.
En cualquier caso, lo que más sorprende de toda la casuística legal desplegada por Platón es el poquísimo valor de la vida del esclavo, de la mujer y el miedo a los fantasmas:
Si alguien mata a un hombre libre involuntariamente, debe realizar las mismas purificaciones que el que mató al esclavo y no desprecie una antigua leyenda que suele contarse. Se dice que el que ha muerto violentamente, si vivió en el orgullo de la libertad, se enfada con el que lo hizo, mientras está recién muerto, y, lleno él mismo de miedo y terror a causa del acontecimiento violento, al ver que su asesino merodea en los lugares habituales que compartía con él, tiene miedo, y, convulsionado él mismo, convulsiona todo lo que le es posible al que lo hizo, con la memoria de aliada, tanto a la persona del asesino como a lo que haga. Por eso, es necesario que el que perpetró el homicidio evite a su víctima durante todas las estaciones de un año y abandone todos los sitios de su patria. Pero si el muerto es un extranjero, también debe quedar impedido de entrar en el país del extranjero durante el mismo tiempo. En el caso del que acate voluntariamente esta ley, el pariente más próximo al fallecido debe controlar si se dan las condiciones antedichas y perdonarlo. (865 d-e)
Los homicidios estarán justificados en los siguientes casos: si atrapas a un ladrón que entra en tu casa para robar, si te defiendes de un «ladrón de ropa», si se ha violado a una mujer o un menor sus parientes tienen el deber de vengar su honor y ejecutar al agresor, si es para salvar la vida de los parientes.
Además de las muertes también es necesario legislar acerca de las lesiones y mutilaciones. Son tantas las posibilidades que Platón prefiere dejar estos casos en manos de los jueces que resolverán teniendo en cuenta si fue una acción involuntaria o premeditada y la cantidad de daño producido. En cualquier caso, si alguien pensó matar a otro con premeditación y, por incapacidad o suerte de la víctima, no pudo conseguirlo, se le juzgará directamente por homicidio y no por lesión. Si un hijo hiriere de este modo a su padre o un esclavo a su amo se le castigará con la pena de muerte. Cuando las lesiones sean, no premeditadas, sino por un arranque de ira, es decir, casi involuntarias, se pagará una multa proporcional al daño causado.
Por último, Platón legisla sobre los malos tratos, las faltas de respeto: «es vergonzoso y odioso a dios ver que en una ciudad a uno más joven maltrata a otro mayor. Por el contrario, para todo joven es conveniente soportar con buen ánimo la ira de un anciano que lo golpea, depositando esa honra para su propia vejez» (879 c)
Cuestionario
- Si un hombre libre mata a su esposa en un arrebato de ira la pena será tres años de exilio mientras que si mata a su padre no hay muertes suficientes para castigarle. ¿Qué opinas de la vara para medir delitos de Platón?
- Si un esclavo mata a un hombre libre en defensa propia la pena correspondiente será la muerte. ¿Qué te sugiere este hecho sobre la situación de los esclavos en la antigua Grecia?
- ¿Qué opinas de la idea socrática de que nadie es malo voluntariamente?
- ¿Cómo explicas que Platón hable de espíritus enfadados que persiguen a sus asesinos?
- El peor de los delitos es el robo en los templos, ¿puedes comparar la importancia de lo sagrado para los griegos y para nuestra época?
- ¿Qué opinas de la pena de muerte para los violadores que propone Platón?
- ¿Por qué crees que Platón insiste tanto en la pena de muerte para el asesino de sus padres?
Textos para comentar.
1. Fantasmas
Si alguien mata a un hombre libre involuntariamente, debe realizar las mismas purificaciones que el que mató al esclavo y no desprecie una antigua leyenda que suele contarse. Se dice que el que ha muerto violentamente, si vivió en el orgullo de la libertad, se enfada con el que lo hizo, mientras está recién muerto, y, lleno él mismo de miedo y terror a causa del acontecimiento violento, al ver que su asesino merodea en los lugares habituales que compartía con él, tiene miedo, y, convulsionado él mismo, convulsiona todo lo que le es posible al que lo hizo, con la memoria de aliada, tanto a la persona del asesino como a lo que haga. Por eso, es necesario que el que perpetró el homicidio evite a su víctima durante todas las estaciones de un año y abandone todos los sitios de su patria. Pero si el muerto es un extranjero, también debe quedar impedido de entrar en el país del extranjero durante el mismo tiempo. En el caso del que acate voluntariamente esta ley, el pariente más próximo al fallecido debe controlar si se dan las condiciones antedichas y perdonarlo. (865 d-e)
2. Esclavos.
Si un esclavo mata en un arranque de ira a su amo, los parientes del muerto, tras hacer con el asesino lo que les apetezca, excepto dejarlo vivo, queden purificados. Si un esclavo de otro matare a un libre en un arranque de ira, sus dueños tienen que entregarlo a los parientes del muerto, éstos deben por necesidad matar al que lo hizo de la manera que quisieren.(…)Contrariamente, si un esclavo matare a un libre en defensa propia, quede sujeto a las mismas leyes que el que mata a su padre (=pena de muerte). (…) Si un esclavo matare a un libre intencionalmente, sea con sus propias manos o por instigación, y fuere declarado culpable en el juicio, el verdugo público de la ciudad debe conducirlo al túmulo del muerto, desde donde se vea la tumba, y azotarlo todo lo que ordene el que venció en el juicio. Si, tras la golpiza, el asesino está aún con vida, mátelo.
3. Hijos y esposas.
Si —lo que sucede, aunque en pocas ocasiones— un padre o una madre matare por ira a su hijo o hija a golpes o de alguna otra forma violenta, debe someterse a las mismas purificaciones que los otros homicidas- y permanecer en el extranjero durante tres años, pero cuando el homicida retorne, debe separarse la mujer del hombre o el hombre de la mujer y nunca más tengan hijos juntos, ni comparta el mismo hogar con aquellos a los que despojó de su vástago o su hermano ni sea nunca partícipe de los ritos sagrados. (…) Si un hombre mata por ira a su esposa, o una mujer le hace eso mismo a su marido de la misma manera, lleve a cabo las mismas purificaciones y cumpla una estancia de tres años fuera. Cuando retorne el que hizo algo semejante, no comparta con sus hijos las ceremonias sagradas ni nunca se siente con ellos a la misma mesa. (868 a y ss.)
4. Padres y madres.
En caso de que alguien pierda hasta tal punto el dominio de su temperamento con los que le dieron la vida, que ose matar a uno de sus progenitores en la locura de la ira, si el que va a morir antes de su muerte libra del castigo por propia voluntad al que lo hizo, tras purificarse como los que han cometido un homicidio involuntario y realizar los demás ritos que hacen ellos, quede puro. Pero si no lo librare, quede sometido al peso de muchas leyes el que hizo tal cosa. En efecto, y se haría culpable de las peores penas por malos tratos e impiedad, así como de robo de templos, puesto que robó el alma de su progenitor de modo que, si fuera posible que una misma persona sufriera muchas muertes, el parricida o el matricida, aunque hubiera hecho tal cosa en estado de ira, lo más justo sería que tuviera muchas muertes. En efecto, ninguna ley permitirá al único que no debe defenderse ni siquiera para rechazar la muerte, cuando va a ser eliminado por sus padres, que mate a su padre o a su madre, los que trajeron a la luz a su persona, sino que legislará que lo soporte y lo sufra todo antes de hacer algo semejante, ¿cómo podría llegar a serle conveniente obtener otra pena? Quede establecida en la ley, pues, la pena de muerte para el que mata a su padre o madre. (869 b-c)
5. Suicidas
El que mate al más próximo y del que se dice que es el más querido de todos, ¿qué pena debe sufrir? Me refiero al que se mate a sí mismo, impidiendo con violencia el cumplimiento de su destino, sin que se lo ordene judicialmente la ciudad, ni forzado por una mala suerte que lo hubiera tocado con un dolor excesivo e inevitable, ni porque lo aqueje una vergüenza que ponga a su vida en un callejón sin salida y la haga imposible de ser vivida, sino que se aplica eventualmente un castigo injusto a sí mismo por pereza y por una cobardía propia de la falta de hombría. En todo lo demás, dios conoce los ritos que éste necesita para las purificaciones y su sepelio, ritos a cuyos intérpretes deben consultar los parientes más próximos y a las leyes que los regulan y hacer lo que ellos les manden. Pero las tumbas para ríos muertos de esta manera deben ser, en primer lugar, particulares y no compartidas con otro. Además, deben enterrarlos sin fama en los confines de los doce distritos en aquellos lugares que sean baldíos y sin nombre, sin señalar sus tumbas con estelas o nombres. (873 c-d)
6. Homicidios justificados.
Si alguien, al atrapar en flagrante a un ladrón que ingresa de noche para robar sus pertenencias lo matare, quede limpio. Si mata en defensa propia a un ladrón de ropas, quede limpio. Si alguien violare a una mujer libre o a un menor, muera impunemente a manos del que sufrió la violación o de su padre, hermanos o hijos. Si un hombre se encuentra con que su mujer legítima está siendo violada y mata al violador, quede limpio a los ojos de la ley. Si alguien, por salvar de la muerte a su padre, que no ha hecho nada impío, o a su madre, hijos, hermanos o al padre de sus hijos, mata a alguien, quede completamente limpio (874 b-d)
Bibliografía.
- Platón: Las leyes. Francisco Lisi (tr.) Madrid: Gredos, 1999.
- Platón: Las leyes. José Manuel Pabón y Manuel Fernández Galiano (tr.). Madrid: Alianza, 2002.
Hola Héctor,
Platón no es tan tajante como puede ser, por ejemplo, el cristianismo. Da muchas razones por las que el suicidio le parece legítimo. Es decir, entiende que en la vida abundan las situaciones que pueden justificarlo. Pero cuando no se dan esas situacione considera que el suicida es un mal ejemplo para la ciudad y, como hace con los poetas, los envía cuanto más lejos mejor.
En un libro como Las leyes, donde Platón muestra su rostro más duro, la verdad es más comprensivo de lo que yo le he pintado.
Un saludo y gracias por tus comentarios.
Buenos dias, se que este analisis tiene 10 años, pero quería decirte que me ha sido de gran utilidad. Muchas gracias!
Gracias.